Muy estimado cooperador:
Nos dirigimos a Ud., complementando lo informado el pasado 18 de febrero del corriente año, mediante Circular Conjunta de estas Federaciones, referida a la plena vigencia de la Ley N° 10.281 – Seguridad Eléctrica para la Provincia de Córdoba, sus leyes y reglamentación modificatoria y complementaria.-
En esa oportunidad, les acompañamos a las asociadas, modelos de notas que debían remitir a los titulares de los suministros que, desde el 1 de diciembre de 2021, requerían contar con el Certificado de Instalación Eléctrica Apta, recordándoles nuevamente cuales son las obligadas a cumplir con esa exigencia desde la referida fecha, a saber:
a.- Instalaciones Eléctricas Nuevas;
b.- Instalaciones Eléctricas Preexistentes;
c.- Municipios, Comunas y Reparticiones Públicas;
d.- Instalaciones Eléctricas de Acceso Público de Carácter Privado;
e.- Suministros Agrupados – Punto De Conexión y Medición;
f.- Suministros Agrupados – Instalaciones.-
* NOTA DIRIGIDA AL ERSeP INFORMANDO LA FALTA DE PRESENTACION DE CERTIFICADO ELECTRICA APTA – SOLICITAR INSTRUCCIONES O MEDIDAS DE ACCIÓN:
Habiendo transcurrido un tiempo prudencial Y SOLO EN EL CASO DE NO HABER RECIBIDO RESPUESTA POSITIVA DEL O LOS USUARIOS OBLIGADOS, esto es la falta de presentación del certificado apto de las instalaciones de su titularidad, y atendiendo las posibles responsabilidades que le pueden competer a la Distribuidora Cooperativa, recomendamos muy especialmente a las asociadas remitir, a la siguiente dirección de correo electrónico, ersep.mesadeentradas@cba.gov.ar, bajo el asunto “Ley de Seguridad Eléctrica – Listado de Usuarios Que No Presentaron Certificados de Instalación Eléctrica Apta”, una nota cuyo modelo acompañamos a continuación:
…………………., ………..de mayo de 2022.-
Al
Sr. Presidente del Ente Regulador de los Servicios
Públicos de Córdoba – ERSeP
Dr. Mario A. BLANCO
S
REF.: Ley DE SEGURIDAD ELÉCTRICA – LISTADO DE USUARIOS QUE NO PRESENTARON CERTIFICADOS DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA APTA”
De nuestra mayor consideración:
Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud., y por v/ intermedio al Directorio de ese Ente, en relación al asunto indicado en la referencia, a los fines siguientes, a saber:
Como es de público conocimiento, desde el pasado 1 de diciembre de 2021, se venció el plazo de 2 (dos) años de prórroga establecido por la Ley 10.670, para la entrada en vigencia de la Ley 10.281 de Seguridad Eléctrica Provincial. A partir de ello, desde esta Cooperativa con fecha ……/…../……. hemos cumplido con notificar a la totalidad de los usuarios obligados a dar cumplimiento con la presentación de los Certificados de Instalación Eléctrica Apta de los suministros de su titularidad, pero -pese a la notificación oportunamente enviada y al extenso tiempo transcurrido- éstos usuarios no han cumplido hasta el día de la fecha, con la presentación de la referida certificación.-
Así las cosas, el listado de usuarios que no han cumplido con la Ley 10.281 son los que detallamos a continuación:
DATOS DEL USUARIO |
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DENOMINACIÓN DEL USUARIO |
Nº DE CUIT |
Nº DE SUMINISTRO, SERVICIO O CUENTA |
Tipo de Suministro (Instalaciones Nuevas; Instalaciones Preexistentes; Municipios, Comunas; Instalaciones de Acceso Público de Carácter Privado; Suministros Agrupados) |
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Como v/ elevado criterio podrá advertir, esta Cooperativa ha sido colocada en una situación extremadamente difícil, por la falta de respuestas de los usuarios enunciados y que se encuentran incumpliendo con las obligaciones impuestas por la Ley de Seguridad Eléctrica, razón por la cual, solicitamos al ERSEP, con carácter urgente, se nos indique, como debemos actuar, para deslindar a ésta Cooperativa de toda responsabilidad que como distribuidores del suministro de energía eléctrica en el ámbito de nuestra prestación pudiera cabernos, ante alguna eventual siniestro, por incumplimiento de la normativa vigente que nos ocupa.-
Por último hacemos expresa reserva de las acciones civiles y/o penales que pudieren corresponder a nuestra Cooperativa.-
Sin otro particular, y esperando sepan comprender los justificados motivos de esta presentación, y a la espera de una pronta respuesta, les saludamos muy atentamente.-
………………… …………….
Presidente Secretario (o Gerente apoderado)
Cooperativa Servicios Públicos
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En caso que la Cooperativa no hubiere remitido las notas a los usuarios obligados, tal como lo sugerimos en la Circular Conjunta del pasado 18 de febrero, insistimos en su envío y presentación de forma urgente, por los motivos ampliamente desarrollados aquí y en comunicaciones conjuntas anteriores.-
Reiteramos e insistimos en la recomendación de remitir la nota al Ente Regulador Provincial, cuyo modelo integra la presente, en el objetivo de respaldar gestiones ante las autoridades de aplicación, como elemento de resguardo de responsabilidades de las autoridades de las Cooperativas, ante eventuales siniestros en los suministros que no adecuaros sus instalaciones a las disposiciones de la Ley 10.281, cuyo alcance se encuentra plenamente vigente.-
ALDO TRUANT
Secretario
OMAR MARRO
Presidente
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