Sra. / Sr. Presidente
COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS
S / D
De nuestra consideración:
Nos dirigimos a Uds., con motivo de las consultas recibidas de parte de las Cooperativas asociadas, referidas al tratamiento laboral de los próximos días viernes 23 y 30 de diciembre del corriente.-
Al respecto, y de acuerdo al asesoramiento laboral, nos permitimos indicar lo siguiente:
Corresponde tener en cuenta que, conforme surge del DECRETO DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL N°820/2022 y del DECRETO DEL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL Nº1590/2022, el tratamiento que se les otorga a los días 23 y 30 de diciembre del corriente año, son el de ASUETO ADMINISTRATIVO, correspondiendo aclarar entonces que, la medida sólo comprende a la administración pública nacional y/o provincial, por ende al personal de dichas dependencias.-
Por los motivos indicados, los referidos decretos NO TIENEN alcance, en el ámbito privado, que es el que corresponde a nuestras Cooperativas y a sus trabajadores. Consecuentemente, AMBAS JORNADAS SON HÁBILES A LOS FINES LABORALES.-
Sin otro particular, saludamos a Uds. atentamente.
Omar Marro
Presidente
FACE CORDOBA
Luis Castillo
Presidente
FECESCOR
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