CIRCULAR Nº56-2023 – CONJUNTA – certificado MIPYME -INFORMAR PUBLICACIÓN DISPOSICIÓN 198/2023- ALCANCES Y PLAZOS

Sra. / Sr. Presidente
COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS
S / D

Muy estimado cooperador:

Con motivo de la publicación en el boletín oficial de la Nación de la Disposición 198/2023 de la Subsecretaría PyME, que deja sin efecto, hasta el día 15 de noviembre de 2023 inclusive, el requisito establecido en el primer y segundo párrafo del Artículo 10 del Anexo I de la Resolución N° 220/2019, que había sido modificado por la Disposición 88/2023 de la citada Subsecretaría, informamos lo siguiente:

 

1)     Las Cooperativas que hayan recibido un NO PyME, deben volver a solicitar el certificado.

2)    Las que tengan la solicitud pendiente se les renovará el certificado automáticamente en los próximos días.

3)    Las Cooperativas cuyos certificados venzan después del 15 de noviembre, se les exigirán los requisitos del Art. 10 de la Disposición 88/2023.

 

                                      Por este motivo renovamos el compromiso de acompañar a COOPERAR, CONAICE y otras confederaciones en las gestiones que se lleven a cabo, para darle una solución al problema de fondo que discrimina abiertamente a las Cooperativas no siendo consideradas por la SePyME, como empresas por no perseguir fines de lucro.

 

 

Recordando la disposición para vuestras consultas, saludan a ustedes atentamente.

 

Omar Marro
Presidente
FACE CORDOBA

Luis Castillo
Presidente
FECESCOR

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