Sra. / Sr. Presidente
COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS
S / D
Muy estimado cooperador:
Nos dirigimos a Ud., con motivo de la publicación, en el Boletín Oficial de la República Argentina, de la Res. Secretaría de Industria y Comercio Nº267/2024, referida a la imposibilidad de incluir sumas o conceptos ajenos al bien que se compra o servicio que se contrate.-
Esta resolución, que tomó notable difusión en los medios de comunicación, tanto a nivel nacional, provincial y local, refiere de manera muy genérica y abarcativa a todo tipo de compra de bienes y/o contratación de servicios, incluyendo, lógicamente, a los servicios públicos en general.-
Sin embargo, recordamos que, para el caso particular de la Provincia de Córdoba, el ERSeP, mediante las Resoluciones Generales de su directorio Nros. 10, 12 del año 2018 y 15 del año 2024, así como la Orden de Servicio Nº01/2018, reguló específicamente respecto de los conceptos que pueden ser incorporados en la facturación del servicio de energía eléctrica. Asimismo, mediante la Ley 10.545 (BO del 06/06/2018), modificada luego por las leyes 10.679 (BO 20/12/2019), 10.739 (BO 25/01/2021) y 10.928 (BO 15/12/2023), nuestra provincia legislativamente avanzó sobre los conceptos que pueden contener las facturas de servicios públicos bajo jurisdicción provincial, siendo estas leyes específicas de los servicios públicos, a diferencia de la ambiciosa amplitud reflejada en la Res. 267/2024, que motiva la presente Circular Conjunta.-
Por tal motivo, y hasta tanto se cuente con mayores precisiones del gobierno nacional y/o provincial, respecto de los alcances de la referida Res. Nº267/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio, específicamente para la tasa municipal de uso público, recomendamos a las Cooperativas no innovar, en la facturación actual, ajustándose a lo establecido por la legislación y regulación vigente, para los servicios bajo jurisdicción de nuestra provincia de Córdoba.-
Acompañamos, de manera adjunta, copia de la Res. Nº267/2024 de la Secretaría de Comercio e Industria, dependiente del Ministerio de Economía de la Nación.-
Sin otro particular, recordando la disposición para vuestras consultas, saludamos a Uds. atentamente
Omar Marro
Presidente
FACE CORDOBA
Luis Castillo
Presidente
FECESCOR
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