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Circular Nº 163-2024 – CONJUNTA – TARIFA SOCIAL PROVINCIAL – RESOLUCION SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES – NOTIFICACION POR CORREO ELECTRONICO DEL ERSeP. PERDIDA DE BENEFICIO PARA USUARIOS N1 O N3 – CONSUMOS REGISTRADOS DESDE EL 1 DE NOVIEMBRE

Sra. / Sr. Presidente
COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS
S / D

Muy estimado cooperador:

Nos dirigimos a Ud., con motivo de importantes novedades en lo referido a la Tarifa Social Provincial, a partir de la decisión adoptada por la Secretaría de Políticas Sociales, y notificada por el ERSeP, mediante correo electrónico del ERSeP, del pasado 19 de noviembre, bajo el asunto “SEGMENTACIÓN TARIFARIA – REMISIÓN DE BASES NOVIEMBRE/2024 – IMPLEMENTACIÓN”.-

 

En este sentido, el apartado 5 del referido correo electrónico del ERSeP, indica:

“5-      A todo Usuario Residencial oportunamente informado como beneficiario del Programa Tarifa Social Provincial, desde el mes de noviembre de 2024 le serán aplicables las tarifas correspondientes al NIVEL QUE HAYA OBTENIDO EN EL RASE (N1, N2 o N3), según se indica en la base de datos denominada “Córdoba_Coop_de_NombredelaCoop.csv”. Asimismo, conforme a instrucción del Ministerio de Desarrollo Social y Promoción del Empleo, a partir de los consumos del mes de NOVIEMBRE de 2024, el beneficio de la Tarifa Social Provincial resultará aplicable solo a los Usuarios que en el RASE hayan sido identificados como NIVEL 2 – MENORES INGRESOS (por ende a los casos identificados como NIVEL 1 – MAYORES INGRESOS o NIVEL 3 – INGRESOS MEDIOS, no corresponderá aplicar el beneficio de la Tarifa Social Provincial).” (lo resaltado en rojo y subrayado nos pertenece).-

 

PERDIDA DEL BENEFICIO DE TARIFA SOCIAL PARA USUARIOS N1 O N3:

A partir de informado por el ERSeP, desde la facturación de los consumos del 1 de noviembre, EL BENEFICIO DE TARIFA SOCIAL, SOLAMENTE DEBERÁ SER RECONOCIDO A LOS USUARIOS RESIDENCIALES N2, DEBIENDO LA COOPERATIVA INTERRUMPIR el descuento para el resto de las categorías residenciales (N1 ó N3).-

 

INSISTENTES GESTIONES ANTES AUTORIDADES PROVINCIALES:

En el entendimiento que la resolución adoptada por la Secretaría de Políticas Sociales (de la que carecemos de una copia y sólo disponemos con lo indicado por ERSeP en su correo electrónico), adolece de sensibilidad social y sustentación económica, quitando el beneficio a hogares que la propia provincia calificó de indigentes o carenciados, en función de diferentes parámetros ajenos al valor de la tarifa de energía pagada por el usuario, e ignorando, además, que el origen de los fondos a partir de los cuales se financian y sostienen el sistema de Tarifa Social Provincial, para nuestros usuarios, resultan de los aportes que las propias Cooperativas realizan, a través de sus declaraciones mensuales de consumos a EPEC, mediante el “Aporte Solidario Dto. 641/2019”, hemos iniciado gestiones en diferentes ámbitos y ministerios de la provincia, con el objetivo que la referida determinación de la autoridad en materia de políticas sociales, en nuestra provincia, sea reconsiderada y revisada.-

 

INMEDIATO CONTACTO CON USUARIOS DE TARIFA SOCIAL N1 O N3 – URGENTE INSCRIPCION EN EL RASE – POSIBILIDAD DE TRABAJO COORDINADOR CON LA COMUNA O MUNICIPIO:

 

Atento a las respuestas recibidas y lo resulto por el gobierno de la provincia de Córdoba, sugerimos a las Cooperativas, tomar inmediato contacto con los usuarios beneficiarios de tarifa social, y prestar todo tipo de colaboración y recursos, pudiendo ser de manera conjunta y coordinada con la comuna o municipio, con el objetivo de una rápida inscripción en el RASE, de estos usuarios, permitiendo con ello, el acceso a los beneficios para residenciales N2 y el descuento por Tarifa Social Provincial.-

 

Sin otro particular, recordando la disposición para vuestras consultas, saludamos a Uds. atentamente

 

Omar Marro
Presidente
FACE CORDOBA

Luis Castillo
Presidente
FECESCOR

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