Sra. / Sr. Presidente
COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS
S / D
Muy estimado cooperador:
Nos dirigimos a Ud., con motivo de la publicación, en el día de la fecha, en el Boletín Oficial de la República Argentina, de la Disposición Nº01/2024 de la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético, referida a la prórroga para que los usuarios Residenciales N2, con Tarifa Social Provincial, que NO SE HUBIERAN INSCRIPTO ANTERIORMENTE EN EL RASE y fueron asignados como Tarifa Residencial N2, por su condición de beneficiario de la Tarifa Social.-
A tal fin, se establece que, hasta el 4 de septiembre, inclusive, los usuarios de Tarifa Social Provincial (carenciados e indigentes) reconocidos como Tarifa Residencial N2, tendrán plazo para inscribirse en el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) individualmente.-
Vencido dicho plazo, y no habiéndose registrado la inscripción en el RASE, estos usuarios conservarán la calidad de beneficiarios de la Tarifa Social, pero serán asignados como usuarios Residenciales N1, perdiendo los subsidios, a la generación y transporte nacional de la energía, previstos por el estado nacional.-
Se acompaña integrando la presente Circular Conjunta, la referida disposición de la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético.-
Sin otro particular, recordando la disposición para vuestras consultas, saludamos a Uds. atentamente
Omar Marro
Presidente
FACE CORDOBA
Luis Castillo
Presidente
FECESCOR
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