Sra. / Sr. Presidente
COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS
S / D
Muy estimado cooperador:
Nos dirigimos a Ud., con motivo de la nota del ERSeP de fecha 14 de agosto y la RG ERSeP Nº101/2024, informada por este mismo medio, el pasado miércoles que indica a las Cooperativas la aplicación de ajustes sobre el CT vigente al 13 de julio de 2024.-
Estas disposiciones del ERSeP, informan fechas de vigencia y aplicación diferenciadas, que indicamos a continuación:
1.- DESDE EL 1 DE AGOSTO DE 2024: Se corresponde al traslado a tarifas de los siguientes conceptos, que deberán ser aplicados al CT vigente al 13 de julio, para la obtención del nuevo CT aplicable a los consumos registrados desde el 1 de agosto, respetando el orden que se detalla a continuación:
a.- Recupero del VAD de las Cooperativas (RG ERSeP Nº101/2024): cuyos porcentajes de incrementos, por grupo de asignación de las Cooperativas y concepto tarifario, fue detallado en Circular Conjunta, el pasado miércoles 14 de agosto, motivo por el cual, remitimos a su lectura.-
b.- Nuevo Valor de la Energía Estacional (Res. SE Nº192/2024 y Nota ERSeP del 14 de agosto): Se corresponden con los Anexos 1 a 4 de la referida nota del ERSeP. El Pass Through indicado por el Anexo 1, se deberá aplicar luego del resultado del ajuste detallado en el apartado a.- precedente.-
2.- DESDE EL 12 DE AGOSTO DE 2024: Se corresponde al siguiente concepto:
a.- Recupero del VAD de EPEC (Nota ERSeP del 14 de agosto): Se corresponden con los Anexos 5 a 7 de la referida nota del ERSeP. El Pass Through indicado por el Anexo 5, se deberá aplicar al CT vigente al 1 de agosto, obtenido de acuerdo a lo indicado en el apartado 1.- precedente.-
¡¡¡ADVERTENCIA IMPORTANTE!!!
A partir del creciente número de reclamos de usuarios de Cooperativas ante el ERSeP, recomendamos muy especialmente respetar la fecha de vigencia de cada uno de los cuadros tarifarios, que afectan al período de lectura objeto de la próxima facturación, que podrían llegar incluso a ser necesaria la aplicación de 3 (TRES) Cuadros Tarifarios, si la misma comprende consumos del algunos días del mes de julio y días posteriores al 12 de agosto.-
A tal fin, sugerimos la lectura de Circulares Conjuntas precedentes, que han desarrollado ampliamente este aspecto de facturación. De igual manera, la semana próxima remitiremos planilla de Excel, que se ajuste a esta realidad tarifaria.-
3.- PLANILLA DE EXCEL RESUMEN – APLICACIÓN DE LOS ANEXOS RG ERSEP Nº101/2024 Y NOTA DEL 14 DE AGOSTO:
Con el objetivo de facilitar y propender a una correcta aplicación de los Anexos pertinentes, compartimos planilla de Excel resumen, de acuerdo al siguiente criterio y según nivel de tensión de compra de la Cooperativa a EPEC:
Ajustes al 1 de Agosto: De acuerdo a lo indicado en las columnas C a J.-
Ajuste al 12 de Agosto: De acuerdo a lo indicado en las columnas L a M.-
4.- VALORES DE TARIFAS DE INYECCIÓN PARA GENERACIÓN DISTRIBUIDA: Se establecen nuevos valores por cada kWh inyectado a la red, a partir del 1 de agosto y se mantienen sin modificación al 12 de agosto, por tal motivo, se reiteran los valores indicados en la columna J de la planilla de Excel resumen adjunta, en la columna L. Los mismos están establecidos por el Anexo 4, de la Nota del ERSeP.-
5.- TARIFA INDUSTRIAL HOMOGENEA:
Para esta categoría tarifaria, deberán respectarse los valores vigentes para cada una de las fechas establecidas por el ERSeP. De esta manera, corresponderán aplicar los siguientes Anexos de la Nota ERSeP:
Desde el 1 de agosto: Anexo 2, Nota ERSeP
Desde el 12 de agosto: Anexo 6, Nota ERSeP
6.- TARIFAS BOMBEOS DE AGUA, PLANTAS POTABILIZADORAS Y SISTEMAS DE SANEAMIENTO
PROVINCIALES:
Para esta categoría tarifaria, deberán respectarse los valores vigentes para cada una de las fechas establecidas por el ERSeP. De esta manera, corresponderán aplicar los siguientes Anexos de la Nota ERSeP:
Desde el 1 de agosto: Anexo 3, Nota ERSeP
Desde el 12 de agosto: Anexo 7, Nota ERSeP
SUBSIDIOS A LA TARIFA SOCIAL PROVINCIAL
Los valores tarifarios, correspondientes a los usuarios residenciales, beneficiarios de la Tarifa Social Provincial, serán informados en próxima circular conjunta.-
GRÁFICOS EN LAS FACTURAS:
De igual manera, informaremos los valores correspondientes, para la correcta elaboración del gráfico, que integran las facturas de los usuarios, en el marco de la RG ERSeP Nº18/2018.-
Se adjuntan integrando la presente Circular Conjunta, los siguientes archivos:
Sin otro particular, recordando la disposición para vuestras consultas, saludamos a Uds. atentamente
Omar Marro
Presidente
FACE CORDOBA
Luis Castillo
Presidente
FECESCOR
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