Sra. / Sr. Presidente
COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS
S / D
Muy estimado cooperador:
Nos dirigimos a Ud., en la continuidad de las Circulares Conjuntas remitidas con anterioridad, referidas a las notificaciones de imputaciones cursadas por la Secretaria de Industria y Comercio de la Nación, en contra de un importante número de Cooperativas y otras prestatarias de servicios públicos de esta provincia, entre ellas la propia EPEC.-
A tal fin, y habiendo mantenido reuniones con autoridades provinciales, estamos en condiciones de compartir con las Cooperativas, los siguientes aspectos, para conocimiento y consideración de cada uno de ellas:
1.- MODELO DE DESCARGO – OFRECIMIENTO DE PRUEBAS:
Atendiendo a la masividad de notificaciones de imputaciones por denuncias recibidas, en contra de las facturaciones de los servicios a cargo de las Cooperativas, ENTRE EL DÍA DE LA FECHA Y ESTE FIN DE SEMANA, REMITIREMOS A LAS COOPERATIVAS, UN TEXTO MODELO DE DESCARGO Y OFRECIMIENTO DE PRUEBAS, que las Cooperativas deberán completar, en lo mínimo posible, para adecuar la misma, a la particularidad de la denuncia o notificación recibida por la Cooperativa, de parte de la Secretaría de Industria y Comercio de la nación.-
2.- OBLIGATORIEDAD DE REVISAR LA MESA DE NOTIFICACIONES DEL TAD (TRAMITES A DISTANCIA) DE MANERA DIARIA – AUN CON NOTIFICACIONES RECIBIDAS – PLAZO IMPRORROGABLE DE 5 DÍAS PARA EL DESCARGO:
Atento a la situación devenida, a partir de la Res. 267/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio, ABSOLUTAMENTE TODAS LAS COOPERATIVAS DEBERÁN, OBLIGATORIA E INELUDIBLEMENTE, REVISAR, A DIARIO, LA MESA DE NOTIFICACIONES DE LA PLATAFORMA DEL TAD (TRAMITES A DISTANCIA) ante las casi seguras notificaciones de denuncias e imputaciones por parte de la secretaria de industria y comercio de la nación, recordándoles que SOLO SE DISPONEN DE 5 DÍAS HABILES ADMINISTRATIVOS, LOS QUE SON IMPORROGABLES, para que la Cooperativa haga presentación del descargo correspondiente.-
ADVERTIMOS que la Cooperativa podrá ser notificada, de una imputación, en más de una oportunidad, en virtud que cada denuncia, conlleva a una actuación administrativa en particular. Estas notificaciones podrán ser en un mismo día o en días diferentes, LO QUE IMPLICA PARA LA COOPERATIVA QUE DEBERÁ RESPONDER O PRESENTAR EL RESPECTIVO DESCARGO, A CADA UNA DE LAS NOTIFICACIONES RECIBIDAS, EN EL PLAZO PERENTORIO E IMPRORROGABLE, DE 5 DÍAS HÁBILES ADMINISTRATIVOS.-
3.- RESOLUCION DEL ERSeP – RATIFACANDO LA PLENA VIGENCIA DE LA LEY 10.545 Y PLENA LA JURISDICCIÓN PROVINCIAL PARA LA REGULACIÓN DE CONCEPTOS QUE PUEDEN INCLUIRSE EN LAS FACTURAS DE ENERGIA Y AGUA Y SANEAMIENTO:
En el día de la fecha, el directorio del ERSeP aprobaría una Resolución General, ratificando la jurisdicción provincial, en materia de regulación del servicio de distribución de energía eléctrica y agua potable, revalidando la plena vigencia de la Ley provincial 10.545 y sus leyes y reglamentación modificatoria y complementaria, confirmando que las Cooperativas deberán continuar facturando, según la reglamentación provincial, en oposición a las disposiciones y pretensiones de la Res. 267/2024, de la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación.-
4.- TOMAR CONTACTO CON LAS AUTORIDADES MUNICIPALES – MODELO DE NOTA DE NOTIFICACION A LOS INTENDENTES:
La semana próxima, remitiremos a las Cooperativas, un modelo de nota, para notificar e informar a las autoridades locales, de la situación de denuncias y alcance de las imputaciones recibidas por parte de la autoridad nacional, que afectan directamente las posibilidades de recaudación de recursos municipales.-
De igual manera, invitamos a las Cooperativas a contactarse e informar, de manera preliminar, la delicada situación presentada a partir de las actuaciones de la Secretaría de Industria y Comercio nacional.-
Sin otro particular, recordando la disposición para vuestras consultas, saludamos a Uds. atentamente
Omar Marro
Presidente
FACE CORDOBA
Luis Castillo
Presidente
FECESCOR
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