Sra. / Sr. Presidente
COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS
S / D
Muy estimado cooperador:
Nos dirigimos a Ud., con motivo de la nueva Nota emitida por parte de la Gerencia de Energía del ERSeP, referida a los NUEVOS VALORES de LOS COSTOS ASOCIADOS A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, que surgen luego de la aplicación de la Resolución General ERSeP Nro. 87/2023, a partir de la facturación de los consumos del 1 de SEPTIEMBRE del corriente año.-
De esta manera los valores a informar en los gráficos se regirán por los valores indicados en los Anexos, de la nota del ERSeP del día 11 de septiembre:
A.- COSTOS RELACIONADOS CON EL MEM: Valores indicados en el Anexo 1, de la nota ERSeP de fecha 11 de septiembre, con vigencia a partir del 1 de septiembre de 2023.-
B.- COSTOS DEL TRANSPORTE NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA: Valores indicados en el Anexo 2, de la nota ERSeP de fecha 11 de septiembre, con vigencia a partir del 1 de septiembre de 2023.-
C.- COSTOS ASOCIADOS A LA PRESTACIÓN DE LA EPEC: Valores indicados en el Anexo 3, de la nota ERSeP de fecha 11 de septiembre, con vigencia a partir del 1 de septiembre de 2023.-
D.- COSTOS PROPIOS DE LA DISTRIBUIDORA COOPERATIVA: Se deberá reflejar lo correspondiente al VAD de la Cooperativa, como diferencia entre el precio homologado en el Cuadro Tarifario y los costos indicados en los apartados A al C, precedentes. –
E.- CARGAS IMPOSITIVAS Y TASAS: Se reflejarán las tasas y cargos incluidos en la facturación, destacando que formará parte de estos Conceptos el Fondo Para el Desarrollo Energético Provincial (F.O.D.E.P.).–
Se adjunta a la presente, nota de la Gerencia de Energía del ERSeP referida a los nuevos valores de a reflejar en la facturación de los consumos del día 1 de septiembre del corriente año.-
Sin otro particular, recordando la disposición para vuestras consultas, saludamos a Uds. atentamente
Omar Marro
Presidente
FACE CORDOBA
Luis Castillo
Presidente
FECESCOR
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