Sra. / Sr. Presidente
COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS
S / D
Muy estimado cooperador:
Continuando con lo informado en Circulares Conjuntas anteriores, referidas a las innovaciones para la carga de los consumos del período de diciembre de 2023 a febrero de 2024, tal lo establecido por la SE de la Nación, mediante su Resolución Nro. 907/2023, que determinó, para los Usuarios Residenciales Nivel N3 (Ingresos Medios), el pago de la tarifa del Nivel N1 (Niveles Altos), cuando su consumo sea igual o superior a 650 kWh/mes.-
Señalando, además que esta nueva segmentación, SOLO será aplicable para los consumos registrados en los siguientes departamentos de la provincia de Córdoba:
– COLON – CRUZ DEL EJE – ISCHILIN
– MINAS – POCHO
– RIO PRIMERO – RIO SECO – SAN ALBERTO
– SAN JUSTO – SOBREMONTE – TOTORAL
– TULUMBA
Por este motivo, se modifica la declaración de los usuarios de Nivel 3, alcanzados por la referida Resolución de la SE.-
A raíz de lo indicado, en el gráfico anterior, EPEC modificó su página web de acuerdo con el instructivo adjunto y, por ello se actualizó el archivo de Excel de las Federaciones para completar la DDJJ EPEC-CAMMESA del mes de DICIEMBRE de 2023, que se adjunta, bajo la denominación, “PLANILLA_PARA_DDJJ_CAMMESA_
De esta manera, en la nueva planilla, los consumos de los Usuarios Residenciales de Nivel 3, se declaran de acuerdo con el Departamento de la Provincia alcanzados por la Resolución como Zona cálida, y los no alcanzados como Zona no cálida.-
En la planilla de carga de datos y en la hoja “Compra -HOJA1”, se agregaron los consumos de los usuarios alcanzados por la Resolución.
USUARIOS RESIDENCIALES NIVEL 3 |
Zona No Cálida |
Zona Cálida |
|
UR1 <=150 kWh/mes |
Consumo demanda Residencial NIVEL 3 |
SI |
SI |
UR2 >150 y <= 500 kWh/mes |
Consumo demanda Residencial NIVEL 3 HASTA 400 KWH |
SI |
– |
Consumo demanda Residencial NIVEL 3 MAS DE 400 KWH |
SI |
– |
|
Consumo demanda Residencial NIVEL 3-ZONA CALIDA |
– |
SI |
|
UR3 >500 y <= 700 kWh/mes |
Consumo demanda Residencial NIVEL 3 MAS DE 400 KWH |
SI |
– |
Consumo demanda Residencial NIVEL 3-ZONA CALIDA <=650 KWH |
– |
SI |
|
Consumo demanda Residencial NIVEL 3-ZONA CALIDA >650 KWH |
– |
SI |
|
UR4 >700y <= 1400 kWh/mes |
Consumo demanda Residencial NIVEL 3 MAS DE 400 KWH |
SI |
– |
Consumo demanda Residencial NIVEL 3-ZONA CALIDA >650 KWH |
– |
SI |
|
UR5 >1400 kWh/mes |
Consumo demanda Residencial NIVEL 3 MAS DE 400 KWH |
SI |
– |
Consumo demanda Residencial NIVEL 3-ZONA CALIDA >650 KWH |
– |
SI |
De esta manera tendremos tres posibles casos, en Cooperativas:
- Cooperativas que prestan servicio en departamentos NO alcanzados por la Resolución: sólo deben completar los consumos de las celdas indicadas como Zona No Cálida.-
- Cooperativas que prestan servicio en departamentos alcanzados por la Resolución: sólo deben completar los consumos de las celdas indicadas como Zona Cálida.-
- Cooperativas que prestan servicio en departamentos no alcanzados por la Resolución y departamentos alcanzados por la Resolución: en este caso deberán completar los consumos de las celdas indicadas como Zona No Cálida y Zona Cálida.-
Atendiendo a la posibilidad de acceder al nuevo diseño de la página web de la EPEC, en un tiempo muy acotado, para realizar las pruebas y validaciones correspondientes y de acuerdo a la envergadura de las disposiciones de la Res. SE, les solicitamos informar, a su Federación y a la brevedad, cualquier tipo de inconveniente detectado, en la carga de datos en la página web de EPEC, para su revisión y, eventual, corrección.-
Sin otro particular, recordando la disposición para vuestras consultas, saludamos a Uds. atentamente
Omar Marro
Presidente
FACE CORDOBA
Luis Castillo
Presidente
FECESCOR
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