Sra. / Sr. Presidente
COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS
S / D
Muy estimado cooperador:
Nos dirigimos a Uds., con motivo de la publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba, de la Res. Gral. ERSeP Nº02/2023, que prorrogó la reducción parcial y temporal del porcentaje fijado de la Tasa de Revisión y Registro de Relevamientos de Obras (TRR), aprobada por Resolución General ERSeP 92/2021, atendiendo a la solicitud presentada por ambas Federaciones al ERSeP, con el objeto de propender a la normalización de las obras de ingeniería eléctrica no declaradas convenientemente ante el ERSeP. –
Al respecto la referida Resolución General establece los siguientes porcentajes:
A.- PORCENTAJES DE REDUCCIÓN VIGENTES:
El porcentaje a abonar por parte de los comitentes de Relevamiento de Obras de Ingeniería Eléctrica será del 1% (uno por ciento) tanto para obras Tipo I, como Tipo II, HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2024.-
Recordamos que las tasas que se debían abonar hasta la aprobación de esta Resolución General eran del 2,5% para obras Tipo I y del 3,5% para obras Tipo II.-
B.- PAGO EN CUOTAS DE LA TASA POR LA REVISIÓN Y REGISTRO DE RELEVAMIENTO DE OBRA (TRR):
Asimismo, esta Resolución General del ERSeP, establece la prórroga, hasta la fecha indicada, del pago hasta en 6 cuotas de la Tasa por la Revisión y Registro de Relevamiento de Obra (TRR). –
C.- COLEGIO DE INGENIEROS ESPECIALISTAS DE CORDOBA (C.I.E.C.):
Asimismo, a partir del 1° de enero y hasta el 31 de diciembre de 2024 se mantiene el acuerdo firmado oportunamente con el Colegio de Ingenieros Especialistas de Córdoba (C.I.E.C.), referido a la reducción de la Tasa del Registro de Obras Diferenciado (ROD.), con el agregado de Obras de Telecomunicaciones de las Cooperativas.-
Igualmente, mantiene plena vigencia la posibilidad de abonar la registración en cuotas.-
Se adjunta a la presente, texto de la RG ERSeP Nro. 02/2023.-
Sin otro particular, saludamos a Uds. atentamente.
Omar Marro
Presidente
FACE CORDOBA
Luis Castillo
Presidente
FECESCOR
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