CIRCULAR Nº13-2023 – CONJUNTA – IMPORTANTE – FECHAS DDJJ CAMMESA CONSUMOS FEBRERO 2023 – RECTIFICATIVAS NOVIEMBRE Y DICIEMBRE 2022 Y ENERO 2023 RECOMENDACIONES (POSIBLE MODIFICACION DE LA RG ERSeP Nº03/2023 A CONFIRMAR) DDJJ Y FACTURACION DEL ALUMBRADO PUBLICO – NUEVA PLANILLA DE EXCEL DDJJ

Sra. / Sr. Presidente
COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS
S / D

Muy estimado cooperador:

Nos dirigimos a Ud., a los fines de informarles, los plazos para presentar la información correspondiente a los consumos del mes de FEBRERO de 2023, a través de la Declaración Jurada de CAMMESA, que deberá ser presentada en la página oficial de la EPEC, sitio www.epec.com.ar.-

1.- DDJJ CAMMESA-EPEC – CONSUMOS FEBRERO DE 2023:

LOS PLAZOS para la presentación de la citada información son los siguientes:

Sección I: A partir de las 14:00 hs del día 03/03/2023 y hasta las 11:00 hs. del día 07/03/2023.-

Sección II y III y GUDIS: A partir de las 11:00 hs., del día 07/03/2023 y hasta las 11:00 hs. del día 16/03/2023.-

 

2.- DDJJ CAMMESA-EPEC – REDECLARACION CONSUMOS MESES ANTERIORES:

Re – Declaración Noviembre 2022: Hasta las 10:00 hs del día 02/03/2023.-

Re – Declaración Diciembre 2022: Hasta las 10:00 hs del día 03/04/2023.-

Re – Declaración Enero 2023: Hasta las 10:00 hs del día 01/05/2023.-

 

3.- ALUMBRADO PÚBLICO (POSIBLE MODIFICACION DE LA RG ERSeP Nº03/2023 A CONFIRMAR) – RECOMENDACIONES PARA SU DDJJ Y FACTURACIÓN – CONSUMOS DE FEBRERO DE 2023:

Atento, a la información recibida desde EPEC, respecto de la DDJJ mensual que presenta a CAMMESA, por los consumos de sus usuarios y los de Cooperativas, no estaría prevista la modificación de Alumbrado Público, con demanda de potencia igual o menor a 10 Kw.-

DE PRODUCIRSE ESTA SITUACIÓN (que será confirmada luego del mediodía del día de la fecha), EL ERSEP REMITIRÁ INSTRUCCIONES DIRIGIDAS A LAS COOPERATIVAS Y A ESTAS FEDERACIONES, que implicarían modificaciones, exclusivamente en lo referido al Alumbrado Público, en la RG ERSeP Nº03/2023.-

EN CASO DE RATIFICARSE ESTAS MODIFICACIONES A LA RG ERSEP Nº03/2023, SOBRE EL ALUMBRADO PÚBLICO, las Cooperativas deberían proceder de la siguiente manera, tanto en la DDJJ de los consumos de febrero en la página web de la EPEC, como en su sistema de facturación:

a.- DDJJ en página Web de la EPEC: Informar todo el consumo de ALUMBRADO PÚBLICO EN UNA SOLA LÍNEA (OMITIENDO LA DESAGREGACIÓN DE DEMANDAS DE POTENCIA MENORES O IGUALES A 10 KWY PRESCINDIENDO DE LA DESAGREGACIÓN PARA LOS PRIMEROS 800 KWH DE CONSUMO Y SU EXCEDENTE).-

 

b.- Facturación de la Cooperativa del Consumo por Alumbrado Público: Se deberá aplicar, el siguiente ajuste en los valores tarifarios, OMITIENDO LA DESAGREGACIÓN PARA LOS PRIMEROS 800 KWH DE CONSUMO Y SU EXCEDENTE

 

NIVEL TENSION DE COMPRA A EPEC

ALUMBRADO PUBLICO – PARA TODO EL CONSUMO

BAJA TENSION

$2,57566

MEDIA TENSION

$2,57531

ALTA TENSION

$2,56125

 

En caso que la Cooperativa hubiera facturado los consumos de Alumbrado Público, DE CONFIRMARSE LA NO DESAGREGACION EN LA PAGINA WEB DE EPEC DEL ALUMBRADO PUBLICO, Y DE MODIFICARSE LA RG ERSEP Nº 03/2023, RECOMENDAMOS SU REFACTURACIÓN.-

4.- NUEVA PLANILLA DE TRABAJO DE EXCEL – DDJJ CONSUMOS MES DE FEBRERO DE 2023:

Atento a la situación descripta para el Alumbrado Público y las modificaciones tarifarias y segmentos (NR1 y NR2) vigentes, a partir de la facturación de los consumos registrados a partir del 1 de febrero de 2023, que ha motivado la demora en la apertura de la página web de EPEC para la carga de datos de la SECCION I y, consecuentemente, la elaboración final y envío de la Planilla Excel de Trabajo de las Federaciones, para la correcta elaboración de la DDJJ de consumos correspondiente.-

En principio, luego de la confirmación por parte de CAMMESA, EPEC y del ERSeP, será habilitada la página Web de la SECCION I, con el formato final para la carga de consumos del mes de febrero de 2023, en particular la de ALUMBRADO PÚBLICO. A partir de ese momento, estaríamos en condiciones DE PODER EMITIR A LA BREVEDAD POSIBLE A LAS ASOCIADAS, la planilla de trabajo de las Federaciones al disponer de una definición referida al tema de Alumbrado Público.-

Finalmente, recordamos cargar la información dentro de los plazos establecidos por la empresa provincial, si esto no fuera así, la página informará que usted está ingresando la información fuera de término y por consiguiente no será tenida en cuenta por la EPEC. –

Por disposiciones del Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSeP) la información remitida a la EPEC correspondiente a cada una de las Secciones informadas le deberá ser remitida vía correo electrónico a la siguiente dirección ersep.energiaelectrica@cba.gov.ar

Sin otro particular, saludamos a Uds. atentamente.

 

Omar Marro
Presidente
FACE CORDOBA

Luis Castillo
Presidente
FECESCOR

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