Sra. / Sr. Presidente
COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS
S / D
Muy estimado cooperador:
Nos dirigimos a Ud., con motivo de la nota de ERSeP, de fecha 14 de octubre de 2024, bajo el Asunto “Actualización del REGISTRO DE ACCESO A LOS SUBSIDIOS A LA ENERGÍA (RASE) – Beneficiarios de Tarifa Social No Inscriptos”, que atiende al pedido formulado por la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético dependiente de la Secretaría de Energía de la Nación, de instruir a las Cooperativas para que adviertan a sus Usuarios Residenciales beneficiarios de la Tarifa Social Provincial que no se hubieran inscripto al RASE (Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía), que a partir de la facturación de los consumos de noviembre, serán considerados Usuarios Residenciales N1.-
Por tal motivo, les recomendamos que insten a estos usuarios a que, en lo inmediato, cumplan con la inscripción en el RASE, a fin de recuperar lo más próximo posible el carácter de usuario Residencial N2, advirtiéndoles además que, en virtud de los plazos administrativos que conlleva la incorporación de nuevos usuarios al RASE, es altamente probable que, con la facturación de los consumos de Noviembre, reciban la asignación tarifaria de sus consumos, como Residenciales N1.-
Ratificando lo anterior, transcribimos textualmente lo indicado por la referida nota de la autoridad energética nacional:
“1) Que el día 4 de septiembre pasado venció el plazo otorgado en virtud de lo dispuesto en el Artículo 8º de la Resolución N° 90/2024, en el Artículo 6º de la Resolución N° 91/2024 y en la Disposición N° 1/24 de la SUBSECRETARÍA DE TRANSICIÓN Y PLANEAMIENTO ENERGÉTICO, para que realizaran la inscripción en el RASE mediante la correspondiente declaración jurada, aquellos usuarios beneficiarios de tarifa social y/u otros programas provinciales que se encontraban categorizados en forma automática como “Nivel 2”, en virtud de lo dispuesto por la Resolución N° 631 de fecha 30 de agosto de 2022 de la SECRETARIA DE ENERGÍA y/o de la Disposición N° 3 de fecha 1º de septiembre de 2022 de la ex SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO, y que por no haber realizado dicha inscripción ha operado la caducidad de los beneficios otorgados y han sido recategorizados como “Nivel 1”
“2) Que por ello, a partir de la siguiente factura se aplicarán en forma efectiva los conceptos tarifarios del “Nivel 1”, sin bonificaciones.”
A tal fin, y con el propósito de colaborar con una mejor y correcta lectura, las Cooperativas deberán verificar en el último padrón mensual de usuarios que remitiera el ERSeP, las siguientes columnas, debiendo tomar URGENTE Y PRONTO contacto con aquellos usuarios de la Tarifa Social que no se encuentren incorporados al RASE, tal como reflejamos a continuación:
Columna P (del listado provisto por el ERSeP) |
Columna S (del listado provisto por el ERSeP) |
ACCIONES A SEGUIR (RECOMENDADA A LA COOPERATIVA) |
“usua_tsocial” |
“inscripto_en_RASE” |
|
(Posibilidades en estas Columnas) |
||
“T” |
“FALSE” |
¡¡¡INMEDIATA CONVOCATORIA!!! El asociado debe inscribirse en el RASE |
“T” |
“TRUE” |
NO REQUIERE ACCION. El asociado es beneficiario de la Tarifa Social y se encuentra inscripto en el RASE |
“F” |
“FALSE” |
NO REQUERIRÍA ATENCION INMEDIATA. USUARIOS EN SEGMENTO N1. No se inscribieron en el RASE. No solicitaron Tarifa Social. Dependiendo de su situación de ingresos y patrimonio, deberían analizar si correspondería que se inscriban al RASE |
“F” |
“TRUE” |
NO REQUIERE ACCION. El asociado se encuentra inscripto en el RASE |
Se adjuntan integrando la presente Circular Conjunta, la notas objetos de la presente Circular Conjunta, agrupadas en un solo archivo, en formato .pdf.-
Sin otro particular, recordando la disposición para vuestras consultas, saludamos a Uds. atentamente
Omar Marro
Presidente
FACE CORDOBA
Luis Castillo
Presidente
FECESCOR
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