Sra. / Sr. Presidente
COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS
S / D
Muy estimado cooperador:
Nos dirigimos a Ud., a los fines de informarles, los plazos para presentar la información correspondiente a los consumos del mes de NOVIEMBRE de 2024, a través de la Declaración Jurada de CAMMESA, que deberá ser presentada en la página oficial de la EPEC, sitio [http://www.epec.com.ar.-/]
A.- PLAZOS PARA PRESENTAR LA INFORMACIÓN CORRESPONDIENTE A LOS CONSUMOS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2024
1.- DDJJ CAMMESA – EPEC – CONSUMOS NOVIEMBRE DE 2024:
LOS PLAZOS para la presentación de la citada información serán los siguientes:
– Sección I: Apertura 8 horas del 04/12/2024 y Cierre 11 horas del día 06/12/2024.-
– Sección II: Apertura 8 horas del 04/12/2024 y Cierre 8 horas del día 13/12/2024.-
2.- DDJJ CAMMESA-EPEC – REDECLARACION CONSUMO MES ANTERIOR:
– Redeclaración del mes 09/2024, hasta las 11 horas del día 20/12/2024.-
3.- ALTAS Y BAJAS USUARIOS AFECTADOS (Electrodependientes – Bomberos voluntarios – Clubes de barrio y pueblo – Medidores comunitarios de complejos habitacionales):
– Hasta el día 8 de diciembre, inclusive, para que tenga impacto en la Sección II del mes que se declara.-
Finalmente, recordamos cargar la información dentro de los plazos establecidos por la empresa provincial, si esto no fuera así, la página informará que usted está ingresando la información fuera de término y por consiguiente no será tenida en cuenta por la EPEC.-
Por disposiciones del Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSeP) la información remitida a la EPEC correspondiente a cada una de las Secciones informadas le deberá ser remitida vía correo electrónico a la siguiente dirección ersep.energiaelectrica@cba.
B.- SE MANTIENE LA MISMA PLANILLA DE TRABAJO – TARIFA SOCIAL PROVINCIAL
A pesar de las disposiciones de la Secretaría de Políticas Sociales, que revoca el beneficio de Tarifa Social a los usuarios residenciales N1 y N3, a partir de los consumos registrados desde el 1 de noviembre, se mantiene la misma planilla de trabajo, atendiendo a que EPEC, no actualizó su página web.-
A pesar de ello, advertimos y recordamos que, tal lo informado por el ERSeP, se deberán reconocer como tarifa social, sólo de aquellos usuarios residenciales N2, dejando de aplicar los descuentos, por este concepto, a aquellos usuarios que no sean de ese segmento residencial (se discontinúa la aplicación del beneficio, para los usuarios residenciales N1 y N3).-
Sin otro particular, recordando la disposición para vuestras consultas, saludamos a Uds. atentamente
Omar Marro
Presidente
FACE CORDOBA
Luis Castillo
Presidente
FECESCOR
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