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CIRCULAR Nº87-2024 – CONJUNTA – DDJJ CONSUMOS JUNIO – NUEVA PLANILLA DE TRABAJO- FECHAS DDJJ CAMMESA

Sra. / Sr. Presidente
COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS
S / D

Muy estimado cooperador:

Nos dirigimos a Ud., a los fines de informarles, los plazos para presentar la información correspondiente a los consumos del mes de JUNIO de 2024, a través de la Declaración Jurada de CAMMESA, que deberá ser presentada en la página oficial de la EPEC, sitio [http://www.epec.com.ar.-/]www.epec.com.ar.-

 

A.- PLAZOS PARA PRESENTAR LA INFORMACIÓN CORRESPONDIENTE A LOS CONSUMOS DEL MES DE JUNIO DE 2024

 

1.- DDJJ CAMMESA – EPEC – CONSUMOS JUNIO DE 2024:

 

 LOS PLAZOS para la presentación de la citada información serán los siguientes:

– Sección II: Apertura 8 horas del 04/07/2024 y Cierre 11 horas del día 17/07/2024.-

 

2.- DDJJ CAMMESA-EPEC – REDECLARACION CONSUMO MES ANTERIOR:

 –   Redeclaración del mes 05/2024, hasta las 11 horas del día 01/08/2024.- 

 

B.- NUEVA PLANILLA DE TRABAJO – DDJJ CONSUMOS JUNIO 2024

 

De acuerdo con el nuevo formato de la página web de EPEC para la declaración de los consumos del mes de junio de 2024, se debe utilizar la planilla de trabajo modificada en el sector residencial, teniendo en cuenta al declarar los consumos los límites fijados por las tarifas de compra, para Zonas No frías y Zonas Frías, de los niveles de ingresos bajos (NIVEL 2)  y los niveles de ingresos medios (NIVEL 3)

 

LIMITE KWH

 

ZONA NO FRIA

ZONA FRIA

RESIDENCIAL N2

350

700

RESIDENCIAL N3

250

500

 

La planilla adjunta se ha desarrollado interpretando la página web de la EPEC, en la cual no se desagregan en su totalidad, los kWh de zona no fría y fría.

 

Segmento residencial UR1 (de 0 a 150 kWh), se cargan en las mismas celdas, los datos de los kWh de zona no fría y fría, de cada nivel de ingresos.

 

Segmento UR2 ( de 151 a 500 kWh), se deben cargar los kWh de zona no fría, de  NIVEL 2 ( SIN TARIFA SOCIAL PROVINCIAL) desde 151 a 350 kWh  y  desde 351 a 500 kWh y de zona fría desde 151 a 500 kWh, en las celdas indicadas.

 

Segmento UR2 ( de 151 a 500 kWh), se deben desagregar los kWh de zona no fría, de NIVEL 3 desde 151 a 250 kWh y  desde 251 a 500 kWh y de zona fría desde 151 a 500 kWh, en las celdas indicadas.

 

Segmento UR2 ( de 151 a 500 kWh)se deben desagregar los kWh de TARIFA SOCIAL PROVINCIAL   desde 151 a 300 kWh , y cargar en la misma celda indicada tanto los kWh de zona no fría, como de zona fría y desde 301 a 500 kW, de deben desagregar en distintas celdas los kWh de zona no fría y de zona fría, según se indica en la planilla adjunta.

 

Segmentos UR3-UR4 y UR5, se deben desagregar los kWh tanto de zona no fría como de zona fría, según lo indicado en la planilla adjunta.

 

Por disposiciones del Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSeP) la información remitida a la EPEC correspondiente a cada una de las Secciones informadas le deberá ser remitida vía correo electrónico a la siguiente dirección ersep.energiaelectrica@cba.gov.ar

 

 

Sin otro particular, recordando la disposición para vuestras consultas, saludamos a Uds. atentamente

 

Omar Marro
Presidente
FACE CORDOBA

Luis Castillo
Presidente
FECESCOR

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