Sra. / Sr. Presidente
COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS
S / D
Muy estimado cooperador:
Nos dirigimos a Ud., con motivo de la publicación, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, de la RG ERSeP Nº97/2024, modificatoria de la RG ERSeP Nº77/2024, referida a la modalidad de actualización de los Cuadros Tarifarios de Cooperativas, por aplicación del pass through, que surgen a partir de las modificaciones tarifarias de EPEC, mediante el sistema de ajuste por FAM (Factor de Actualización Mensual) publicado por la Dirección de Estadísticas y Censos de la Provincia de Córdoba, en el marco de la RG ERSeP Nº77/2024.-
A partir de la vigencia de la RG ERSeP Nº97/2024, resultará suficiente una mera comunicación del ERSeP, a las Cooperativas Concesionarias del Servicio de Distribución, informando los valores de pass through que deberán aplicar sobre sus CT, luego de la publicación de una actualización del CT de EPEC, en el marco de las Res. Grales ERSeP Nros.77 y 97/2024.-
A partir de ello, y en el marco de modificaciones tarifarias de EPEC, de acuerdo a la Res. Grales. ERSeP Nros. 77 y 97/2024, las Cooperativas recibirán notificaciones del ERSeP, informando modificaciones tarifarias en los siguientes conceptos:
a.- CT por aplicación de pass throug, incluyendo Tarifa de Peaje y de Inyección por Generación Distribuida.-
b.- Tarifa Industrial Homogénea.-
c.- Bombeos de Agua, Plantas Potabilizadoras y Sistemas de Saneamiento Provinciales.-
PUBLICACION DE LOS CT DE COOPERATIVAS:
Se mantiene la obligatoriedad, por parte del Ente Regulador Provincial, de publicitar los Cuadros Tarifarios de las Concesionarias Cooperativas, en su página web.-
Asimismo, esta Resolución General, indica que los ajustes del Valor Agregado de Distribución (VAD), deberán ser publicados por EPEC con la antelación suficiente en su página web y entrarán en vigencia respecto de los consumos efectuados a partir del primer día del mes inmediato posterior a dicha publicación.-
En cambio cuando se traten de modificaciones tarifarias que respondan a variaciones de compra en el MEM, entrarán en vigencia, a partir de la fecha dispuesta por la autoridad de aplicación nacional.-
Se adjunta integrando la presente Circular Conjunta, la referida RG ERSeP Nº97/2024.-
Sin otro particular, recordando la disposición para vuestras consultas, saludamos a Uds. atentamente
Omar Marro
Presidente
FACE CORDOBA
Luis Castillo
Presidente
FECESCOR
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