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CIRCULAR Nº102-2023 – CONJUNTA – ¡¡¡IMPORTANTE!!! – TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA – ACTA ACUERDO POR ASIGNACION NO REMUNERATIVA DTO 438/2023 Y ACTA ACUERDO SALARIAL PERÍODO JULIO A SEPTIEMBRE 2023

Sra. / Sr. Presidente
COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS
S / D

Muy estimado cooperador:

Nos dirigimos a usted, a fin de informarle que, en el marco de negociación salarial de paritarias, con las entidades Sindicales de Luz y Fuerza, Regional y Río Cuarto, hemos alcanzado los siguientes acuerdos, referidos a los siguientes conceptos:

a.- Decreto 438/2023 – Asignación No Remunerativa.-

b.- Actualización Salarial para el período Julio a Septiembre de 2023.-

 

a.- Decreto 438/2023 – Suma No Remunerativa:

El Poder Ejecutivo Nacional, mediante DNU N° 438/2023, estableció en su art. 1°, el pago de una asignación no remunerativa para los trabajadores de $60.000 (pesos sesenta mil), pagaderos en dos cuotas, en los meses de septiembre y octubre de 2023, con el objetivo de recuperar el poder adquisitivo de aquellos trabajadores, cuyas actualizaciones salariales reflejan una pérdida en sus ingresos.-

 

Asimismo, tanto El Decreto 438 como la resolución aclaratoria  de la norma que lleva el número 1133/2023, establecieron que la Asignación No Remunerativa podrá ser absorbida en concepto de aumentos salariales establecidos en los acuerdos paritarios vigentes, entre las partes involucradas. Por este motivo, estas Federaciones y las entidades sindicales de Luz y Fuerza, han entendido y acordado, que la asignación no remunerativa establecida en el art. 1° del DNU N° 438/2023 se encuentra absorbida por los acuerdos salariales vigentes entre las partes para el período marzo 2023 a febrero 2024.-

 

 

b.- Actualización Salarial para el período Julio a Septiembre de 2023:

En el marco de la continuidad de la negociación de paritaria correspondiente al período Marzo de 2023 a Febrero de 2024, el pasado 24 de julio, las Federaciones y los Sindicatos de Luz y Fuerza de Río Cuarto y Regional, acordamos la continuidad de la actualización salarial mensual, ajustada por el Índice de Precios al Consumidor (IPC), del mes anterior, publicado por el INDEC, para el período Julio a Septiembre de 2023.-

 

Cabe recordarse que, al momento de remitir esta Circular Conjunta, las Cooperativas han sido informadas de las escalas salariales actualizadas de los meses de julio y agosto, quedando pendiente de difundir, entre las asociadas, la correspondiente al mes de septiembre, una vez que sea publicado el IPC correspondiente al mes de agosto de 2023.-

 

Adjuntamos a la presente Circular Conjunta:

 

·        ACUERDO – DNU 438/2023de fecha 4 de septiembre de 2023.-

·        ACUERDO PARITARIAS 2023/24por el período Julio a Septiembre de 2023, de fecha 24 de julio de 2023.-

 

 

Sin otro particular, recordando la disposición para vuestras consultas, saludamos a Uds. atentamente

 

Omar Marro
Presidente
FACE CORDOBA

Luis Castillo
Presidente
FECESCOR

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